Eiken Lex

  1. Inicio
  2. Recursos
  3. Ayudas y subvenciones
  4. Estatales
  5. Ayudas para la participación de películas españolas en festivales durante el año 2010

Ayudas para la participación de películas españolas en festivales durante el año 2010

Se publica la convocatoria relativa la concesión de ayudas para la participación de películas españolas en Festivales durante el año 2010 (B.O.E. de 4 de febrero de 2010).

Objeto

Concesión de ayudas con destino a la promoción de películas españolas que durante el año 2010 participen en los Festivales y premios cinematográficos de reconocido prestigio que se relacionan en la propia Resolución, entre otros, Óscar de la Acadeia de las Artes y Ciencias Cinematográficas de Hollywood, Premios Globos de Oro, Premios Academia Europea de Cine (EFA), Festival Internacional de Cine de Berlín, Festival Internacional de Cine de Cannes, Festival Internacional de Cine de San Sebastián, Festival Internacional de Cine de Venecia, Festival Internacional de Cine de Mar de Plata, Festival Internacional de Cine de Tokio, Festival Internacional de Cine de Shangai, Festival Internacional de Cine de Moscú, Festival Internacional de Cine de El Cairo, Festival Internacional de Cine de Varsovia, Festival Internacional de Cine de Rotterdam, etc.

Dotación presupuestaria

La financiación de las ayudas incluidas en esta convocatoria se realizará, en todo caso, en función de las disponibilidades presupuestarias existentes en el estado de gastos del presupuesto del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales para 2010, destinándose 1.250.000 euros a la aplicación 24.101.470 «Fondo de Protección a la Cinematografía», incluida en los créditos del Programa 335C «Cinematografía».

Podrá concederse una ayuda máxima en cada uno de los Festivales o premios relacionados y en cada una de las Secciones indicadas en la propia Resolución (ver resolución para más detalles).

Costes subvencionables

1. Campañas de publicidad en las publicaciones oficiales del Festival, en los medios especializados de la industria cinematográfica y audiovisual, incluidos anuncios en Internet, así como en soportes publicitarios (por ejemplo, alquiler de espacios en recintos y zonas establecidos en cada festival). En el caso de festivales y premios que se celebren en España, podrá también cumplirse este requisito mediante inserciones publicitarias en prensa escrita. Será necesario invertir en este apartado al menos un 30 por 100 de la cantidad que se solicita como ayuda. Este porcentaje se incrementa hasta el 50 por 100 en los casos del Festival Internacional de Cine de San Sebastián y del Festival de Cine Español de Málaga. El 70 por 100 restante, 50 por 100 en el caso de los dos Festivales citados, deberá invertirse necesariamente en las actuaciones y/o actividades que se citan en los apartados consignados seguidamente.

2. Tiraje y/o subtitulado de las copias exigidas para participar en cada festival, conforme a su reglamento, así como de aquellas otras que se destinen a su proyección en los mercados que se celebren en los mismos. Dichas copias deberán ponerse a disposición del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales para sus campañas de promoción, salvo en el caso de las ayudas señaladas en el apartado cuarto, parágrafo A) de esta resolución, si la Academia de las Artes y Ciencias Cinematográficas de Hollywood continúa reteniendo la copia de la película nominada.

3. Tiraje de extractos para su difusión en televisión con motivo del Festival.


4. Contratación de empresas de relaciones públicas y agentes de prensa para desarrollar exclusiva y excluyentemente una labor específica en el Festival en el que la película participe.

5. Material publicitario, tales como carteles, fotografías, diapositivas, carpetas de prensa, etc., en las cantidades a utilizar en la promoción de cada película con motivo del festival en que participe. En dicho material deberá aparecer el logotipo que se facilitará a tal efecto por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, debiéndose obligatoriamente poner a disposición de dicho Organismo, como mínimo, tres copias de estos materiales. Se excluye cualquier material gráfico o audiovisual que no tenga como fin específico la promoción de la película en el festival en el que participe.


6. Gastos de transporte de materiales.


7. Gastos de desplazamientos y estancias de las delegaciones cinematográficas participantes, limitado exclusivamente a las personas que estime la productora, debidamente justificado y aprobado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.


8. Organización de recepciones en el marco del festival en el que participe la película objeto de la ayuda.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas empresas productoras que estén inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficasy Audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 2062/2008 arriba reseñado, siempre que cumplan todos los requisitos que se exigen en esta convocatoria y no se encuentren incursas en alguna de las circunstancias que se enumeran en el artículo 13 de la Ley 38/2003 indicada más arriba.

En el caso de que sean varias las empresas productoras solicitantes de ayuda por la participación de la misma película en el festival podrá presentarse la solicitud de forma conjunta o separada, aunque, en ningún caso, la ayuda total solicitada podrá superar las cantidades máximas establecidas en el apartado Cuarto de esta resolución. En caso de solicitud conjunta se deberá determinar qué empresa percibirá la ayuda o, si fueran varias las beneficiarias, los porcentajes en que se distribuirá aquella.

Plazo de presentación de solicitudes

Hasta 5 días naturales antes del inicio del festival de que se trate.

Normativa

Resolución de 22 de enero de 2010, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convoca la concesión de ayudas para la participación de películas españolas en festivales durante el año 2010 (BOE 4 de febrero 2010).

pdf Resolución ICAA BOE 4-2-10 435,90 Kb

 

 
 
Release performed by ecmware