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Ayudas basadas en el Plan Integral de Innovación Empresarial del Departamento de Innovación y Promoción Económica de la Diputación Foral de Bizkaia. (PIIE 2009)

Por Decreto Foral Nº 102/2009 de 23 de junio, de la Diputación Foral de Bizkaia publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia nº 120 de 26 de junio de 2009, se aprueban las bases reguladoras y primera convocatoria del Plan Integral de Innovación Empresarial. El Plan Integral de Innovación Empresarial quiere lanzar a todas ellas un mensaje transparente con el posicionamiento del Departamento, para que sirva al resto de ayuda en la formulación de estrategias claras tanto de diferenciación, como de cooperación compartiendo capacidades y sinergias.

Objeto

Fomentar la innovación dentro del tejido empresarial de Bizkaia de una manera integral, esto es, atendiendo las diferentes áreas que guardan una relación directa con el desarrollo de la innovación empresarial.

Beneficiarios

Área 1. Servicios para la innovación en las empresas:

Podrán acceder a los beneficios contenidos en la presente área las empresas de Bizkaia de entre 6 y 100 personas con personalidad jurídica propia cuya actividad principal se encuadre en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria y Comercio al por mayor de manera que su actividad principal queda recogida dentro de los epígrafes de la C.N.A.E. 2009 —Clasificación Nacional de Actividades Económicas—, que se relacionan en el Anexo I del presente decreto foral, y que además, cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto Foral.

Servicios Subvencionables

  • Servicio de implantación del sistema de Gestión Empresarial (FQM)
  • Servicio de Implantación del Sistema de Gestión de la Responsabilidad Social Empresarial
  • Plan de Acción Inmediata para la Internacionalización
  • Plan Específico de Innovación en Producto
  • Elaboración del Plan de Innovación
  • Búsqueda de nuevos modelos de negocio
  • Diseño de producto y chequeo de producto y proceso productivo
  • Servicio de Gestión por procesos organizativos
  • Servicio de Vigilancia Estratégica: ayuda a captar información relevante del entorno, utilizándola para la toma de decisiones, mediante la integración de servicios avanzados de información en los ámbitos de tecnología, competencia, mercado, comercial y entorno
  • Sistema de Información Empresarial (SIE)
  • Sistema de Gestión de la Innovación (SGI)

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y finalizará el 15 de octubre de 2009.

La solicitud, debidamente cumplimentada en todos sus términos, deberá presentarse por Internet, mediante el formulario que figura en la página web del Departamento de Innovación y Promoción Económica (www.berrikuntza.bizkaia.net), en el apartado correspondiente a su portal virtual, sin perjuicio de la utilización de cualquier otro medio admitido en Derecho.

La presentación telemática de las solicitudes exigirá que, con carácter previo, las interesadas dispongan de firma electrónica, o se den de alta en el servicio BizkaiBai, en el Departamento de Innovación y Promoción Económica sito en la calle Obispo Orueta, número 6, de Bilbao.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que se fije en cada una de las Áreas de actuación; utilizándose, a ser posible, el sistema de anexado de documentación existente en el portal virtual anteriormente citado.

Si ello no fuera posible por razón del formato de la documentación a anexar, ésta se entregará en el registro del Departamento de Innovación y Promoción Económica (calle Obispo Orueta número 6 de Bilbao), dentro del horario de funcionamiento del mismo (de 8,30h. a 13,30h.), en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente del envío telemático de la solicitud, sin perjuicio de la presentación mediante cualquier otro de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. En todos los casos, a la documentación anexa se le deberá incorporar el número de registro de entrada de la solicitud, que se obtendrá al tramitar la misma por vía telemática.

Normativa

Decreto Foral Nº 102/2009 de 23 de junio, de la Diputación Foral de Bizkaia

pdf Decreto foral de la Diputación Foral de Bizkaia 102-2009 349,57 Kb

 

 
 
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